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Nacional

TDJ reporta 231 determinaciones sin imputación y defiende debido proceso

9 de octubre de 2026 · admin
Ilustración conceptual generada con IA: balanza de justicia y expediente cerrado; no representa una audiencia real.

Ciudad de México. El Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) informó que 231 de 314 determinaciones emitidas en investigaciones durante su primer año de funciones concluyeron sin imputación. El organismo presentó el dato al reiterar que una denuncia, una investigación o una audiencia no equivalen a una sanción.

La precisión aparece en el comunicado 46/2026, fechado el 8 de octubre de 2026. En ese documento, el Tribunal también explicó que la audiencia desahogada ese jueves correspondió al seguimiento de un informe de presunta responsabilidad y no constituye, por sí misma, una amonestación o sanción.

El balance citado se refiere a determinaciones en investigaciones. Por ello, las 231 conclusiones sin imputación no deben presentarse como sanciones ni como el resultado de la audiencia mencionada: corresponden a la actividad reportada por la institución durante su primer año.

El TDJ utilizó esa referencia para señalar que el inicio y desarrollo de un procedimiento no anticipan su desenlace. La existencia de actuaciones procesales, según su explicación, debe distinguirse de una decisión que determine responsabilidades después de valorar los elementos del expediente.

Respecto de los asuntos que siguen abiertos, la institución sostuvo que mantiene la reserva legal de su información. Explicó que esa protección busca preservar la presunción de inocencia de las personas implicadas, así como su derecho de defensa y las garantías del debido proceso.

Sobre la diligencia del 8 de octubre, aseguró que se realizó dentro de los términos legales que la rigen y con respeto a los derechos de la persona. El comunicado no proporciona su identidad ni detalla los señalamientos que originaron el informe de presunta responsabilidad.

El Tribunal indicó que cualquier resolución futura se sustentará en hechos y pruebas. Además, deberá emitirse una vez que se hayan agotado todas las etapas establecidas por la ley, sin adelantar conclusiones a partir de la sola celebración de una audiencia.

La institución también se refirió a expedientes cuyos detalles han llegado al conocimiento público. Afirmó que esa información fue difundida por decisión de las personas directamente involucradas, mientras que el organismo mantiene su deber de reserva sobre los procedimientos en curso.

En su posicionamiento, el TDJ reiteró que no prejuzga ni anticipa responsabilidades. Vinculó esa postura con su compromiso de actuar conforme a la legalidad y de respetar los derechos humanos de todas las personas sujetas a sus actuaciones.

El órgano del Poder Judicial de la Federación aseguró que ejerce sus facultades constitucionales de manera institucional. Su explicación coloca el avance procesal y la valoración de pruebas como condiciones necesarias para cualquier determinación posterior en el asunto referido.

Finalmente, se comprometió a informar oportunamente lo que legalmente pueda divulgarse y en el momento procesal permitido. Así, el reporte de investigaciones y la aclaración sobre la audiencia acompañan una misma postura: el trámite de un expediente no debe asumirse como una sanción ya impuesta.